La Rioja: Constitución de avanzada, pero normas de convivencia de la Dictadura

La Rioja: Constitución de avanzada, pero normas de convivencia de la Dictadura

A partir de un Comunicado de la Organizaciones de Diversidad LGBTIQ+ de La Rioja, y de violencia policial sobre una persona trans en aparente situación de ebriedad, intentamos investigar sobre las normativas provinciales que rigen la vida cotidiana, sobre el Código de Faltas de la Provincia…

La Rioja: Constitución de avanzada, pero normas de convivencia de la Dictadura

La herencia viva de la dictadura contra las travestis

Por Néstor Roco · ARGAY.AR · Mayo 2025


Una compañera de la comunidad trans-travesti fue víctima de violencia policial en la vía pública de La Rioja. Los videos que circularon en redes sociales mostraron el procedimiento ante una persona en estado de ebriedad: golpes, maltrato y una exposición humillante que, lejos de ser un exceso aislado, es el síntoma de un sistema que fue diseñado, normativamente, para tratar así a las personas travestis y trans.

Desde la Asamblea Diversa La Rioja el repudio fue inmediato. Pero la respuesta del movimiento va más allá de la denuncia del hecho concreto: señala el andamiaje legal que lo hace posible y que sobrevive, intacto, cuatro décadas después del fin de la dictadura cívico-militar.

«El procedimiento ante una persona en estado de ebriedad no puede ser el que se observa en los videos. La violencia hacia una persona ya vulnerada es un acto de cobardía y una muestra clara de la transfobia y el odio institucionalizado.»

El código que firmó la dictadura

El Decreto-Ley 4245 fue sancionado y promulgado el 5 de septiembre de 1983, con publicación oficial el 23 de septiembre de ese año. Las firmas al pie son las del gobernador de facto durante la última dictadura militar. Más de cuatro décadas después, ese texto sigue alojado como documento de referencia en el sitio oficial del Poder Judicial de la Provincia de La Rioja.

El artículo 39 de esa norma establece, en sus incisos h) e i), que se aplicará el máximo de la sanción a «los homosexuales, o viciosos» que frecuenten a menores de 16 años, y que serán reprimidos «los que se exhibieren en la vía pública o lugares públicos disfrazados con ropa del sexo opuesto.» Dos incisos que, en lenguaje sin eufemismos, autorizan a la Policía a detener y sancionar a una persona travesti por existir en el espacio público. La vestimenta que porta, el modo en que se presenta: todo eso es, para ese código, una contravención pasible de arresto de hasta diez días.

La ley nacional que choca con la norma provincial

En 2012, la Argentina sancionó la Ley 26.743 de Identidad de Género, una de las legislaciones más avanzadas del mundo en la materia. Su artículo 2 define la identidad de género como vivencia interna que incluye «otras expresiones de género, como la vestimenta, el modo de hablar y los modales.» Su artículo 13 es terminante: ninguna norma puede limitar, restringir o suprimir el ejercicio del derecho a la identidad de género. La provincia de La Rioja adhirió a esa ley.

La colisión es directa y documentada. El inciso i del artículo 39 del Decreto-Ley 4245 criminaliza exactamente lo que la Ley 26.743 protege: la expresión de género a través de la vestimenta. No es una tensión interpretativa ni una zona gris. Es una contradicción explícita entre el derecho federal y la norma que aplica la Policía provincial.

Dos códigos en pie, ninguna derogación efectiva

En el año 2000, la Legislatura provincial sancionó la Ley 7.062, un nuevo Código de Faltas que en su artículo 123 derogaba formalmente el Decreto-Ley 4245. Sin embargo, el artículo 60 de esa misma ley lleva como título «Prostitución escandalosa y homosexualismo», reproduciendo la lógica discriminatoria bajo nueva numeración. Y el problema de fondo es otro: los Juzgados de Faltas que la ley debía crear nunca fueron plenamente implementados. La Policía continuó operando con el viejo sistema. Hoy, el propio Tribunal Superior de Justicia aloja ambos documentos en su página web, sin aclaración de cuál rige en la práctica.

Las exigencias del movimiento

La Asamblea Diversa La Rioja exige sanciones para los policías que protagonizaron el video, la derogación efectiva de las normas contravencionales discriminatorias, y que el Estado provincial —sus áreas de Derechos Humanos y Diversidad— garantice un acompañamiento real, no declarativo. La demanda no es nueva. Es la misma que llevan décadas formulando las organizaciones trans y travestis en todo el país. Lo que cambia, quizás, es la evidencia.


Investigación a partir del comunicado de la Asamblea Diversa La Rioja · Fuentes: Decreto-Ley 4245, Ley 7.062, Ley 26.743, sitio oficial del Poder Judicial de La Rioja

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