Histórico fallo en Paraná: Declaran inconstitucional el DNU que restringía tratamientos de género a menores

Histórico fallo en Paraná: Declaran inconstitucional el DNU que restringía tratamientos de género a menores

La Justicia Federal restituye el derecho de adolescentes trans a acceder a tratamientos hormonales y quirúrgicos, en un hito para la comunidad LGBTIQ+ en Argentina.

En un fallo sin precedentes, el Juzgado Federal Nº 2 de Paraná, a cargo del juez Edgardo Alonso, declaró inconstitucional el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) Nº 62/2025, emitido por el gobierno de Javier Milei en febrero de 2025. La norma, que modificaba la Ley de Identidad de Género (Nº 26.743) para prohibir a menores de 18 años acceder a tratamientos hormonales o intervenciones quirúrgicas, fue cuestionada por vulnerar derechos fundamentales de adolescentes trans. La decisión, celebrada por la comunidad LGBTIQ+, reafirma la vigencia del artículo 11 de la ley, garantizando el libre desarrollo personal.

Histórico fallo en Paraná: Declaran inconstitucional el DNU que restringía tratamientos de género a menores

El caso se originó en la lucha de una familia de Paraná, cuyos abogados, Ariel Villanueva y Agustín Rufini, defendieron el derecho de un adolescente de 17 años a continuar su tratamiento hormonal. La Justicia ordenó a la obra social Osecac cubrir la prestación, destacando que el DNU no respetó el procedimiento legislativo establecido por la Constitución. “No se cuestiona la protección de menores, pero no puede modificarse una ley por decreto tras un debate democrático tan amplio”, afirmó el juez Alonso.

La sentencia subraya que la Ley de Identidad de Género establece el consentimiento informado como único requisito para acceder a tratamientos, incluso para menores, siempre que se respeten los principios de capacidad progresiva y el interés superior del niño, conforme a la Convención sobre los Derechos del Niño. Además, el fallo critica las trabas impuestas por obras sociales desde 2024, que han interrumpido tratamientos esenciales, afectando la salud física y emocional de adolescentes trans.

La comunidad trans enfrenta desde hace meses obstáculos burocráticos de obras sociales, que dilatan o niegan tratamientos pese a los amparos judiciales. En Paraná, casos como el de este adolescente han visibilizado la urgencia de garantizar el acceso a la salud integral, un derecho amparado por la Ley Nº 26.743 y tratados internacionales.

Este hito judicial no solo restituye derechos, sino que reafirma la autonomía de adolescentes trans para decidir sobre sus cuerpos. Mientras la comunidad LGBTIQ+ festeja, el fallo invita a reflexionar sobre la importancia de proteger la diversidad y la dignidad en un contexto de crecientes restricciones.

Fuente: www.elmiercolesdigital.com.ar/

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